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Policía y delincuente

Policía y delincuente

Una reciente sentencia de la sección cuarta de la Audiencia de Girona condena a tres años de prisión a una mossa d’esquadra que falsificó tres denuncias para vengarse de un joven. La madrugada del 26 de junio de 2008, la agente multó al camarero de una discoteca de Platja d'Aro con quien había discutido antes. Según las multas, pilló al hombre conduciendo sin carné de conducir, sin cinturón de seguridad y hablando por el móvil. Ahora se ha confirmado que los hechos denunciados no eran ciertos y la agente, además de quedar inhabilitada para ejercer su cargo durante dos años, ha sido condenada a tres años de prisión, a pagar una multa de 1.800 euros por falsificar un documento oficial y también los gastos procesales. Saray Pastor García ha anunciado que recurrirá la sentencia.

La ley de la Generalitat catalana que se aplica a la policía autonómica dice que las sanciones previstas en el régimen disciplinario del cuerpo solo plantean la separación del servicio de los agentes que hayan cometido faltas muy graves en el ejercicio de sus funciones. Asimismo, se puede evitar esta medida si se suspende de sus funciones al agente “por más de un año y menos de seis”. De esta forma es posible que un mosso d’esquadra condenado por un delito pueda seguir ejerciendo. Algo que da lugar a una paradoja situación: que el representante de la ley, que vela por su cumplimiento y por el mantenimiento del orden público, sea alguien que ha vulnerado los principios que custodia y que obliga a los ciudadanos a cumplir. Que esto sea así, se debe a que los policías que cumplen las penas impuestas saldan de esta forma su deuda con la justicia y la expulsión del cuerpo, si ésta no se prevé, representaría un doble castigo al vulnerar el principio de “non bis in idem”, no ser sancionado dos veces por el mismo delito. En el caso que nos ocupa, la procesada podría haber incurrido en una falta muy grave al falsificar documentos del servicio.

De todas formas, la expulsión del cuerpo no se cumple de forma inmediata tras cometer el delito. Recientemente el Gobierno español indultó a cinco mossos que torturaron a un detenido en la comisaría de las Corts de Barcelona, el año 2008. La condena fue ratificada por el Tribunal Supremo con penas de inhabilitación profesional, prisión y multa por delitos relacionados con lesiones, tortura, maltrato y detención ilegal. Los policías llegaron a colocar una pistola en la boca del detenido para obligarle a confesar. El indulto del gobierno va acompañado de la conmutación de las penas de inhabilitación por una única pena de dos años de suspensión para ejercer un cargo público, ya que también se les rebajó la prisión a dos años, que no tendrán que cumplir por falta de antecedentes.

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