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La ley anti tabaco viene de lejos

La ley antitabaco no es nueva, las prohibiciones de fumar se remontan al siglo XVII. Así lo demuestra la “Historia de las Bibliotecas Capitular y Colombina” del teólogo e historiador Juan Guillén, que reseña en esta obra, recién editada, una disposición para excomulgar a los sacerdotes fumadores. El historiador cita una bula pontificia de 1642 que prohíbe el consumo de tabaco, en cualquiera de sus formas, en las iglesias de Sevilla. Además de esta bula, el arzobispo Gaspar de Borja prohibió a los sacerdotes, bajo pena de excomunión, tomar “tabaco de polvo, de humo o de masticar” una hora antes o después de celebrar misa.

 

Fue el Papa Urbano VIII quien, en junio de 1647, prohibió que “en las iglesias se tomase tabaco de polvo y humo, y en todos sus ámbitos”, todo esto referido a Sevilla, una ciudad que fue la puerta de las Indias y que se inició en el uso del tabaco hacia 1607. Según explica Juan Guillén, esta bula papal se pidió en nombre del Consejo de la Catedral de Sevilla a instancias de Francisco de Quesada, canónigo y archidiácono de Écija. Quesada era un enemigo acérrimo de los amantes del tabaco y si sabía que algún criado suyo lo tomaba, lo despedía; no hablaba con nadie que fumase si no era desde muy lejos, y si pasaba cerca de alguien que fumaba, se apartaba de él. En su cruzada anti tabaco, Francisco de Quesada mandó imprimir y publicar un breve pontificado sobre el uso del tabaco.

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